sábado, 24 de julio de 2010

CARACTERISTICAS

Diez Picazo ( profesor ) señala que el ordenamiento fiscal es una realidad orgánica, es decir, no es un nuevo conjunto de normas sino que tambien son las formas de elaboración, desarrollo, aplicación y enjuiciamiento.

El ordenamiento juridico se caracteriza por:

* La estatalidad de las normas ya que éstas son dictadas por los órganos a los que la constitución atribuye potestad normativa.

* La unidad formal del ordenamiento juridico, es decir, cada tipo de norma en función de su fuente de producción va a ser igual a las que siguen su misma forma aunque el contenido sea distinto.

* El resultado de la armonización de dos o tres órganos normativos: es el caso del Estado Español ordenamiento estatal. ordenamiento autonómico, ordenamiento comunitario.

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